La clasificación empresarial es obligatoria para:
- Realizar contratos de obras de importe igual o superior a 350.000€.
- Realizar contratos de servicios de importe igual o superior a 120.000€, salvo aquellos relacionados con:
- Realizar contratos de servicios de importe igual o superior a 120.000€, salvo aquellos relacionados con:
- Servicios jurídicos
- Servicios financieros (de seguros, bancarios y de inversiones).
- Servicios de esparcimiento, culturales y deportivos.
- Servicios de investigación y desarrollo.
- Otros servicios distintos de las demás categorías
- Servicios financieros (de seguros, bancarios y de inversiones).
- Servicios de esparcimiento, culturales y deportivos.
- Servicios de investigación y desarrollo.
- Otros servicios distintos de las demás categorías
Aquí os dejo algunos ejemplos:
Grupos de clasificación de empresas contratistas de obras:
- Grupo A. Movimiento de tierras y perforaciones.
- Grupo B. Puentes, viaductos y grandes estructuras.
- Grupo C. Edificaciones.
- Grupo D. Ferrocarriles.
- Grupo E. Hidráulicas.
- Grupo F. Marítimas.
- Grupo G. Viales y pistas.
- Grupo H. Transporte de productos petrolíferos y gaseosos.
- Grupo I. Instalaciones eléctricas.
- Grupo J. Instalaciones mecánicas.
- Grupo K. Especiales.
- Grupo B. Puentes, viaductos y grandes estructuras.
- Grupo C. Edificaciones.
- Grupo D. Ferrocarriles.
- Grupo E. Hidráulicas.
- Grupo F. Marítimas.
- Grupo G. Viales y pistas.
- Grupo H. Transporte de productos petrolíferos y gaseosos.
- Grupo I. Instalaciones eléctricas.
- Grupo J. Instalaciones mecánicas.
- Grupo K. Especiales.
Grupos de clasificación de empresas contratistas de servicios:
- Grupo L. Servicios administrativos.
- Grupo M. Servicios especializados.
- Grupo N. Servicios cualificados.
- Grupo O. Servicios de conservación y mantenimiento de bienes inmuebles.
- Grupo P. Servicios de mantenimiento y reparación de equipos e instalaciones.
- Grupo Q. Servicios de mantenimiento y reparación de maquinaria.
- Grupo R. Servicios de transportes.
- Grupo S. Servicios de tratamientos de residuos y desechos.
- Grupo T. Servicios de contenido.
- Grupo U. Servicios generales.
- Grupo V. Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
- Grupo M. Servicios especializados.
- Grupo N. Servicios cualificados.
- Grupo O. Servicios de conservación y mantenimiento de bienes inmuebles.
- Grupo P. Servicios de mantenimiento y reparación de equipos e instalaciones.
- Grupo Q. Servicios de mantenimiento y reparación de maquinaria.
- Grupo R. Servicios de transportes.
- Grupo S. Servicios de tratamientos de residuos y desechos.
- Grupo T. Servicios de contenido.
- Grupo U. Servicios generales.
- Grupo V. Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
¿Cómo obtener la clasificación empresarial?
El proceso de clasificación es largo y extenso, y para llevar a cabo el mismo se va a exigir una gran cantidad de documentación, que por otra parte merecerá la pena porque permitirá a las empresas poder ampliar enormemente el número de licitaciones a las que podrán concurrir.
Pasos para obtener la clasificación:
Pasos para obtener la clasificación:
1. La presentación en papel se debe realizar en la Delegación del Ministerio de Economía y Hacienda, a través del formulario de solicitud de clasificación.
2. La solicitud por vía telemática
3. Tanto en papel o de forma telemática debemos rellenar adecuadamente la solicitud y adjuntar a la misma la siguiente documentación:
- Fotocopia compulsada del DNI del representante legal de la empresa.
- Fotocopia compulsada de las escrituras de constitución de la empresa.
- Declaración responsable de no estar incurso en causa de prohibición para contratar.
- Certificado de estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias.
- Certificado de estar al corriente de pago de las obligaciones de la seguridad social.
- En su caso, autorización para ejercer la actividad del subgrupo para el que se solicite clasificación.
- Certificados de buena ejecución de obras o servicios debidamente firmados por las entidades contratantes.
- Fotocopia compulsada de las escrituras de constitución de la empresa.
- Declaración responsable de no estar incurso en causa de prohibición para contratar.
- Certificado de estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias.
- Certificado de estar al corriente de pago de las obligaciones de la seguridad social.
- En su caso, autorización para ejercer la actividad del subgrupo para el que se solicite clasificación.
- Certificados de buena ejecución de obras o servicios debidamente firmados por las entidades contratantes.
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