El criterio de caja consiste en aplazar el ingreso del IVA de una factura a Hacienda hasta que ésta sea cobrada o pagada. Aun siendo una demanda tradicional de autónomos y pequeñas empresas, han sido muy pocos los que se han acogido a este régimen por sus inconvenientes.
Este régimen también afecta a los gastos (no sólo a los ingresos), de modo que aquellos gastos que todavía no hayas pagado a tus proveedores no te los podrás desgravar.
Para formar parte del criterio de caja has de cumplir los siguientes requisitos:
- Tu volumen de facturación anual no puede superar los 2 millones de euros.
- Los cobros anuales en efectivo a un mismo cliente no pueden superar los 100.000 euros.
Además, quedan excluidas las siguientes operaciones:
- Las operaciones intracomunitarias.
- Las operaciones que pertenecen a otro tipo de régimen especial de IVA
En el enlace encontrarás una buena explicación.
No hay comentarios:
Publicar un comentario